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Nueva York es un estado de contrato a voluntad, lo que significa que, salvo una excepción, todos los empleados se consideran empleados «a voluntad». Esto significa que un empleado puede ser despedido sin previo aviso en cualquier momento, por cualquier motivo o sin motivo alguno. Desafortunadamente, el motivo del empleador para despedir a un empleado a voluntad puede parecer injusto, poco ético o incluso inmoral, pero aun así podría considerarse legal.
Nueva York es un estado con contrato de trabajo a voluntad. Sin embargo, en lo que respecta a las leyes laborales y el despido del estado de Nueva York, existen excepciones a la doctrina general del contrato de trabajo a voluntad y a los empleados despedidos. Existen leyes que prohíben el despido, las cuales son ilegales tanto a nivel federal como estatal.
Según los contratos sindicales de la ciudad de Nueva York, el empleo a voluntad podría no ser aplicable. Una de las grandes ventajas de ser miembro de un sindicato es que el despido debe ser por ciertas causas. Por consiguiente, el contrato sindical puede especificar las razones por las que puede producirse el despido de un empleado. Esto se conoce como «con causa». Lo contrario, o por razones «sin causa», como ser despedido simplemente porque el empleador considera que debe hacerlo, puede ser insuficiente como base para un despido. Por consiguiente, si una persona es despedida por su empleador y existe un contrato sindical, sea o no miembro del sindicato, debe consultar primero con un representante sindical.
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A menudo, incluso si existe causa justificada, puede haber un proceso previo al despido definitivo. Esto puede incluir una notificación por escrito o a los empleados, seguida de una investigación antes de que se produzca el despido definitivo. Por lo tanto, en lugar de un despido directo, el empleador podría tener que seguir un proceso en el que el empleado debe pasar primero por una serie de pasos antes de ser despedido definitivamente. Esto difiere del empleo a voluntad, en el que generalmente no se siguen procesos ni pasos. Por lo tanto, es recomendable que el empleado consulte con un abogado especializado en derecho laboral para revisar primero cualquier contrato sindical, incluso si es solo con fines informativos, y así determinar si el despido fue procedente.
Si el empleado cuenta con un manual del empleado de la ciudad de Nueva York, es posible que la contratación a voluntad no sea aplicable en una relación laboral. Al igual que con un contrato sindical, un manual del empleado suele detallar las razones y los procedimientos específicos antes de que se pueda proceder al despido. Por ejemplo, el manual puede especificar que se le dé al empleado una advertencia por escrito previamente o que se le aplique algún tipo de investigación o procedimiento antes de que se considere efectivamente despedido. Además, en Nueva York, el Departamento de Trabajo de Nueva York considera los manuales del empleado como contratos escritos entre el empleado y el empleador.
Por consiguiente, si el empleador no cumple con los pasos o el protocolo descritos en el manual, podría considerarse que ha incumplido su contrato con el empleado. En tal caso, el empleado podría presentar una demanda contra su empleador por incumplimiento de contrato. Esto difiere del empleo a voluntad, en el que generalmente no se siguen procesos ni pasos. Por lo tanto, si el empleado cuenta con un manual y es despedido, debe consultar de inmediato con un abogado especializado en derecho laboral para revisar sus circunstancias individuales y cualquier manual para determinar si el empleador incumplió su contrato con el empleado.
¿Puede un empleador despedir o discriminar a un empleado por sus ideas políticas? Si pensaba que la Primera Enmienda lo protege, se equivoca. De hecho, le sorprenderá saber que, para muchos empleados, la respuesta es sí. La ley federal no protege a los empleados privados de la discriminación por motivos políticos. Sin embargo, la legislación laboral de Nueva York sí prohíbe a un empleador despedir o discriminar a empleados por participar en política fuera del ámbito laboral.
Además, los empleados estatales o del gobierno están protegidos contra la discriminación o el despido por sus creencias o acciones políticas. Por lo tanto, si el despido se debe a su participación o afiliación política, podría ser ilegal, ya que el despido por participación política puede ser una excepción al empleo a voluntad. En tales circunstancias, es recomendable consultar con un abogado especializado en derecho laboral, quien podrá analizar la información y determinar si su reclamación tiene fundamento.
Si el empleado fue despedido por represalias debido a su condición de denunciante, la contratación a voluntad podría no ser aplicable en lo que respecta a medidas de personal. La Ley de Protección al Denunciante protege a los empleados de presentar una queja, iniciar un procedimiento o testificar en un procedimiento relacionado con una infracción de las leyes laborales de Nueva York, incluidas las leyes estatales de seguridad y salud ocupacional. Ley Laboral de Nueva York, § 215.
Según la Ley de Protección de 1989, para que esta protección sea aplicable, la infracción cometida por el empleador debe haber ocurrido realmente. La protección al denunciante no aplica a un empleado que simplemente creyó erróneamente que el empleador había cometido una infracción, incluso si la creencia era razonable y de buena fe. Solicitar un denunciante puede ser complejo, por lo que es importante consultar con un abogado laboral con experiencia en Nueva York para analizar sus derechos y opciones en cuanto a la identidad del denunciante y las represalias contra él.
Si el empleado fue despedido por no presentarse a trabajar debido a sus obligaciones como jurado, es posible que la contratación a voluntad no sea aplicable. Nueva York anima a sus ciudadanos a cumplir con su deber cívico y a asistir al jurado si se les convoca. Por consiguiente, Nueva York cuenta con leyes que protegen a los empleados de ser despedidos o discriminados si su empleador toma represalias contra ellos por ausentarse debido a su deber como jurado. Si esto le sucede, debe consultar de inmediato con un abogado con experiencia en derecho laboral.
En Nueva York, para los empleadores de trabajadores, es ilegal despedir a alguien únicamente por su discapacidad física o mental. Esto constituye discriminación laboral ilegal. Por lo tanto, si un empleado presenta una reclamación de compensación laboral, recibe beneficios de compensación laboral y es despedido con base en dicha reclamación como represalia por presentarla, lesionarse o incluso consultar con un abogado, todo esto puede considerarse una violación de las leyes de Nueva York.
Esto significa que si un empleado tiene un reclamo de compensación laboral y de repente se encuentra siendo despedido por su empleador, debe comunicarse con un abogado especializado en derecho laboral de inmediato.
Según las leyes de derechos humanos federales y de la ciudad de Nueva York, la ley prohíbe la discriminación, lo que hace ilegal despedir o discriminar a un empleado por ciertas categorías «sospechosas». Estas leyes contra la discriminación en el lugar de trabajo incluyen la discriminación y el acoso por motivos de raza, sexo, género, orientación sexual, etnia, origen nacional, religión y discapacidad.
Las más comunes son la raza y el género. En estas circunstancias, el empleo a voluntad no aplica, y en los casos mencionados, el empleado debe hablar de inmediato con un abogado laboral especializado en derechos humanos en la ciudad de Nueva York para analizar sus opciones. Como en muchos casos, estos dependen de los hechos, por lo que un buen abogado laboral podrá analizarlos y aplicarlos a la ley.
Un despido injustificado o ilegal ocurre si viola alguna de las leyes que protegen a los empleados de Nueva York o incumple un contrato laboral vigente. Si bien Nueva York es un estado de trabajo a voluntad, los empleados aún tienen derecho a estar protegidos contra el incumplimiento de cualquier acuerdo contractual oral o escrito entre el empleador y el empleado, así como contra cualquier acto ilegal por parte del empleador.

Por ejemplo, una rescisión que de otro modo sería legal sería ilegal si:
Los ejemplos anteriores se refieren a una situación laboral «a voluntad». Algunos empleados son contratados bajo un contrato laboral que estipula los términos y condiciones de su empleo. En ocasiones, los empleados contratados bajo un contrato no se consideran «a voluntad» y solo podrían estar sujetos a despido según los términos y condiciones del contrato. Por ejemplo, algunos contratos laborales estipulan que el empleado solo puede ser despedido «con causa justificada» durante la vigencia de su empleo.
Otros contratos laborales podrían exigir que se notifique debidamente al empleado antes del despido. En tales casos, despedir al empleado sin previo aviso constituiría un incumplimiento contractual y le daría derecho a una reclamación legal. Cuando un contrato laboral establece una duración indefinida, se presume que se trata de un empleo a voluntad, rescindido libremente por cualquiera de las partes en cualquier momento, por cualquier motivo o incluso sin motivo alguno. Le recomendamos que contacte con un abogado especializado en derechos laborales si considera que su despido podría ser ilegal o incumplir su contrato laboral.
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En el estado de Nueva York, los empleados pueden obtener una indemnización por daños y perjuicios derivada de un despido ilegal por discriminación o represalia, o por reparaciones contractuales derivadas de un incumplimiento de contrato. Las reparaciones legales, como la pérdida de salarios, los daños punitivos, la indemnización por daños y perjuicios, la compensación por angustia emocional, los honorarios de abogados y las costas, pueden obtenerse bajo ciertas leyes.
Por ejemplo, un empleado despedido por una infracción de la Ley de Licencia Familiar y Médica (FMLA) tiene derecho a recuperar y demandar los salarios no pagados, la indemnización por daños y perjuicios (el doble del salario perdido), así como los honorarios y costas legales. Asimismo, la Ley de Derechos Humanos de la Ciudad de Nueva York otorga a los empleados el derecho a cobrar los salarios perdidos, la compensación por angustia emocional, los honorarios y costas legales, así como una indemnización punitiva ilimitada por cualquier forma de discriminación laboral, incluido el acoso sexual.
Es importante recordar que todos los empleados tienen el deber de mitigar sus daños, incluso si fueron despedidos injustamente. Esto significa que todos los empleados tienen la responsabilidad de esforzarse de buena fe para buscar un nuevo empleo y encontrar otro. Los empleados siempre deben documentar las medidas que han tomado durante la búsqueda de empleo para que exista evidencia de que cumplieron con su obligación de mitigar sus daños. Esto es importante porque el empleado podría tener derecho a la diferencia entre su salario anterior y el nuevo.
Como se mencionó anteriormente, todos los empleados en Nueva York se consideran automáticamente empleados a voluntad, salvo acuerdo en contrario. No obstante, muchos empleadores toman medidas para garantizar que la naturaleza a voluntad de la relación laboral quede claramente establecida y sea aceptada por todas las partes. Esto suele especificarse en las solicitudes de empleo, los contratos y los manuales de políticas y procedimientos para empleados. La política puede definirlo como «empleo a voluntad» o simplemente indicar que los empleados pueden ser despedidos en cualquier momento sin causa justificada o por cualquier motivo.
Por lo tanto, el hecho de que le presenten un contrato de trabajo no significa que no sea un empleado a voluntad. Antes de firmarlo, revíselo para determinar si contiene alguna excepción a la doctrina del empleo a voluntad y, de no ser así, asegúrese de comprender que puede ser despedido en cualquier momento y por cualquier motivo.
Si su empleador le hace una promesa verbal por la que se compromete a emplearlo por un tiempo determinado o le informa que solo puede ser despedido por causas específicas enumeradas, solicite que se la deje por escrito. Si tiene alguna pregunta sobre su contrato de trabajo o sobre el empleo a voluntad en general, llame a los abogados especializados en derecho laboral del bufete de abogados Yuriy Moshes, P.C.
Si bien no existe una demanda legal por despido injustificado en Nueva York, existen numerosas leyes laborales que un empleador puede violar al despedir a un empleado a voluntad. Por ejemplo, el simple hecho de ser un empleado a voluntad no le da derecho a su empleador a despedirlo por ningún motivo, especialmente si infringe las leyes estatales o federales contra la discriminación o las represalias.
Como se mencionó anteriormente, las leyes estatales y federales prohíben la discriminación por diversas categorías, incluyendo, entre otras, raza, religión, género, edad, origen nacional, discriminación por discapacidad en la ciudad de Nueva York, embarazo, orientación sexual e identidad de género. Si su empleador lo despidió por motivos discriminatorios, puede presentar una demanda legal contra él.

La mayoría de los empleados despedidos se van apresuradamente. Si un empleado se va, primero debe asegurarse de tener todo en orden y revisar su lista de verificación de despido o la lista de verificación de despido de empleados de Nueva York.
1. Avisos de despido. Verifique si tiene algún tipo de contrato escrito con su empleador. Si lo tiene y este estipula que su empleador ha acordado contratarlo hasta cierta fecha, asegúrese de que no lo despidan antes de esa fecha. Por lo tanto, es importante revisar cualquier carta de despido y la fecha real para verificar si infringe algún acuerdo escrito que ya tenga con su empleador.
2. Pago final. Con frecuencia, un empleador despide a un empleado y se niega a pagarle su salario regular por diversas razones. Esto puede deberse a que el empleado destruyó algún equipo, o a que, en su opinión, le causó pérdidas económicas, o simplemente a que el empleador cree que el empleado se sentirá tan intimidado o asustado que no lo confrontará para cobrarle su último pago. Por lo tanto, antes de irse, debe hablar con recursos humanos o con su jefe para averiguar cuándo recibirá su pago final. Si el empleador se niega, debe consultar con un abogado laboral familiarizado con las leyes de pago final y que no tema exigirle multas por no pagar.
3. Vacaciones. Si lo despiden y le corresponden vacaciones o le quedan, debe hablar con su empleador o con el departamento de recursos humanos para asegurarse de que pueda disfrutar de las vacaciones pagadas que le quedan o que le corresponden, especialmente en el caso de empleadores y empresas privadas. El hecho de que lo despidan no significa que deba renunciar a las vacaciones que haya acumulado.
4. Acuerdos de no competencia y no solicitación. Si su empleador le despide y le solicita que firme un acuerdo de no competencia o no solicitación, consulte primero con un abogado para que revise dichos documentos. Si bien los tribunales de Nueva York suelen desaprobar las cláusulas de no competencia, estas se aplican cuando existe información confidencial válida y un secreto comercial que debe protegerse.
i. No imponer mayores restricciones que las requeridas para proteger los intereses legítimos y protegibles del empleador;
ii. No imponer dificultades excesivas al empleado ni ser perjudicial para el público en general; y
iii. Estar razonablemente limitada temporalmente y geográficamente.
En consecuencia, si el empleador le ofrece algo a cambio de firmar dicho acuerdo y dejar la empresa, haga que un abogado con experiencia en derecho laboral revise primero esos documentos para ver si son ejecutables y, si lo son, si firmar dichos documentos sería beneficioso para usted.
5. Despidos y Reducciones de Personal (Ley WARN de Nueva York). Las leyes de reducción de personal del Estado de Nueva York, o Ley de Ajuste y Reentrenamiento de Trabajadores (WARN), exigen que las empresas afectadas notifiquen con anticipación sobre cierres y despidos masivos a un grupo de empleados, representantes de los trabajadores, el Departamento de Trabajo y las juntas locales de desarrollo laboral. Esto protege a los trabajadores, sus familias y comunidades, ya que exige que la mayoría de los empleadores con 100 o más empleados notifiquen con 60 días calendario de anticipación el cierre de la planta y los despidos masivos. Por lo tanto, si es despedido y considera que la Ley WARN podría ser aplicable en su caso, consulte primero con un abogado especializado en derecho laboral para determinar si su empleador ha infringido la Ley WARN.
i. Verifique si su contrato de trabajo establece que solo pueden despedirlo “por causa justificada” durante el período de su empleo;
ii. Revise toda la correspondencia escrita con su empleador para detectar cualquier tipo de acuerdo similar;
iii. Documente todo lo que pueda y quéjese de ello por escrito; y
iv. Comuníquese con un abogado especializado en derecho laboral a voluntad para obtener una consulta gratuita sobre su caso.
Preguntas frecuentes
1. ¿Qué constituye un despido injustificado en Nueva York?
Respuesta: En general, el despido injustificado se produce por motivos de raza, sexo, género, orientación sexual, etnia, religión o discapacidad. Sin embargo, si tiene un contrato con su empleador y este lo ha incumplido, también podría presentar un caso de incumplimiento de contrato.
2. ¿Es necesaria una carta de despido en Nueva York?
Respuesta: Sí. Según la Ley Laboral de Nueva York, artículo 195(6), los empleadores deben notificar por escrito a cualquier empleado despedido, indicando la fecha exacta de la rescisión y la fecha de cancelación de los beneficios laborales relacionados con dicha rescisión. Esta notificación debe entregarse dentro de los cinco días hábiles posteriores a la finalización de la relación laboral.
3. ¿Cuánto tiempo tiene un empleador para pagarle después de la terminación en Nueva York?
Respuesta: La ley de Nueva York (Leyes Laborales de Nueva York, § 191) sobre los últimos cheques de pago establece que el empleador debe pagar todos los salarios pendientes a más tardar el día de pago regular del período en que el empleado fue despedido. Si renuncia a su puesto, la ley de Nueva York establece que debe recibir su último cheque de pago el día de pago regular del período en que presentó su renuncia o antes. Un empleado puede optar por recibir el último cheque de pago por correo.
4. ¿Puede usted demandar por despido injustificado en Nueva York?
Respuesta: Sí. Si cree que fue despedido por motivos de raza, sexo, género, orientación sexual, etnia o discapacidad, debe consultar de inmediato con un abogado especializado en derecho laboral.
5. ¿Es Nueva York un estado de libre elección?
Respuesta: Sí, Nueva York es un estado de voluntad voluntaria.
6. ¿Debo firmar un contrato de trabajo a voluntad?
Respuesta: Los tribunales generalmente han dictaminado que un empleado puede ser despedido o no contratado por negarse o no firmar un contrato de trabajo a voluntad. Si bien técnicamente no está obligado a firmar el contrato, si desea ser contratado o conservar su empleo, firmarlo podría ser lo mejor para usted.
7. Tengo un contrato de trabajo. ¿Significa eso que no soy un empleado a voluntad?
Respuesta: Depende. Seguiría siendo un empleado a voluntad a menos que su contrato contenga una cláusula que le garantice el empleo hasta una fecha determinada o que el contrato establezca que solo puede ser despedido «con causa justificada».
8. ¿Cuáles son los casos en los que un empleado a voluntad no puede ser despedido?
Respuesta: Según la Ley de Derechos Humanos del Estado de Nueva York y la Ley de Derechos Humanos de la Ciudad de Nueva York, un empleador no puede despedir a un empleado a voluntad por su pertenencia a una clase protegida. Asimismo, la Ley Laboral de Nueva York prohíbe a los empleadores despedir a un empleado por sus actividades políticas o recreativas legales fuera del trabajo, el uso legal de productos de consumo fuera del trabajo o su afiliación a un sindicato ( Ley Laboral de Nueva York, § 201-d). Los empleadores tampoco pueden despedir ni discriminar a un empleado por presentar una queja ante el empleador o el comisionado laboral sobre presuntas infracciones de la Ley Laboral de Nueva York, incluyendo una infracción que “cree y presente un peligro sustancial y específico para la salud o seguridad pública, o que constituya fraude a la atención médica” ( Ley Laboral de Nueva York, §§ 215 y 740).
9. ¿Se puede presentar una demanda por despido injustificado en un estado con contrato a voluntad?
Respuesta: En Nueva York, no existe una causa de acción por despido injustificado. El despido injustificado no constituye una demanda legal. Si lo despidieron por discriminación, puede demandarlo por discriminación. Si lo despidieron por represalia, tiene derecho a demandarlo por despido ilegal por represalia. Además, si lo despidieron violando los términos y condiciones de su contrato de trabajo, puede demandarlo por incumplimiento de contrato.
10. ¿Existen reglas específicas por estado sobre cuándo deben pagarse los cheques de pago finales después de la finalización del empleo?
Respuesta: Independientemente de si un empleado abandona voluntariamente su trabajo o es despedido, el empleador debe pagar el salario del empleado a más tardar el día de pago regular correspondiente al período de pago durante el cual se produjo el despido.
11. ¿El empleador debe dar aviso escrito del despido?
Respuesta: Sí, la Ley Laboral de Nueva York, artículo 195(6), exige que los empleadores notifiquen por escrito a los empleados despedidos, indicando la fecha efectiva del despido. El aviso también debe indicar la fecha exacta en que cesarán los beneficios del empleado, como el seguro médico, de accidentes y de vida. Este aviso debe entregarse al empleado a más tardar cinco (5) días hábiles después de la fecha del despido.
12. ¿Puedo cobrar el subsidio por desempleo si me despidieron como empleado a voluntad?
Respuesta: Sí, Nueva York permite que los empleados a voluntad despedidos sin culpa propia califiquen para recibir beneficios de desempleo.
13. Tengo una nueva oferta de trabajo. ¿Cómo sé si me contratarán a voluntad?
Respuesta: En Nueva York, todos los empleados se consideran automáticamente empleados a voluntad, salvo acuerdo en contrario. Revise su manual y todos los demás documentos que le entregaron y compruebe si alguno menciona que usted es un empleado a voluntad. Incluso si su empleador no utiliza el término «a voluntad», cualquier cláusula que insinúe que su empleo puede ser despedido en cualquier momento y por cualquier motivo significa que usted es un empleado a voluntad.
El hecho de que su empleador lo despida no significa que todo esté dicho y hecho. Si bien Nueva York y la ciudad de Nueva York son estados de empleo a voluntad, un empleado tiene ciertos derechos. Si el empleado fue despedido por motivos de raza, sexo, género, orientación sexual, etnia, religión o discapacidad, podría presentar una demanda contra su empleador por despido injustificado. Además, si el empleado era miembro de un sindicato o contaba con un manual del empleado, este podría interpretarse legalmente como un contrato escrito entre el empleado y el empleador, y este podría incurrir en una infracción por incumplimiento del contrato.

Un abogado laboral calificado del Bufete Jurídico de Yuriy Moshes puede brindarle una consulta gratuita sobre sus derechos y la solidez de su caso. Su bufete ayuda a empleados despedidos injustamente en el área de la ciudad de Nueva York, incluyendo todos sus distritos (Manhattan, Brooklyn, Queens, el Bronx y Staten Island), así como en el norte de Nueva Jersey, Long Island y el norte del estado de Nueva York.







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